Venta22461

Venta Mixta Sincrónica Tribunal de Catania Esecuz. Immob. n. 1069/2013

Inmueble Residencial en Mascalucia (CT) - lote 2

  • Inmueble Residencial en Mascalucia (CT) - lote 2

Precio baseEUR 94.000,00

Estado

Número experimento1

LocationMascalucia (Catania)

Oferta mínimaEUR 70.500,00

Incremento mínimoEUR 1.800,00

Modalidad de subastaMixta Sincrónica

Plazo de presentación de ofertasmar 25/06/2024 hora 13:00

Fecha de la carreramié 26/06/2024 hora 11:00

Depósito10,00% dell'offerta

Tiempo de reanudación / extensiones2 minutos

Precios indicados más allá de IVA y cargos legales

¿Interesado en participar de forma telemática? Solicita el manual

  Ho letto ed accetto la

Descripción del lote

VENTA SÍNCRONA MIXTA - Inmueble Residencial en Mascalucia (CT) - lote 2, via Roma n. 148 (ex 122),

VENTA SUSPENDIDA SEGÚN RESOLUCIÓN DEL G.E. DEL 24/06/2024

Las ofertas de compra podrán presentarse hasta el día mar 25/06/2024 a las 13:00.

En caso de oferta telemática, se recomienda a los usuarios comenzar las operaciones de cumplimentación de la oferta con suficiente antelación antes del plazo establecido.

Las operaciones de venta se llevarán a cabo el día 26/06/2024 a partir de las 11:00 horas.

Para obtener más información sobre el lote y las modalidades de participación, consulte el pliego de venta y la documentación adjunta

Detalle del procedimiento

TribunalCatania

TipoEsecuz. Immob.

Número1069/2013

ProfesionalAvv. Incontro Stefania

Bienes incluidos en el lote (1)

  • Inmueble Residencial en Mascalucia (CT) - lote 2

Inmueble Residencial en Mascalucia (CT) - lote 2

Mascalucia (Catania)

2) cuota de 1/2 indiviso en plena propiedad, de un trozo de jardín trasero del apartamento, en común con otra unidad inmobiliaria de propiedad de terceros situada en la planta baja

propiedad sobre apartamento para vivienda civil en Mascalucia (CT) – 95030 - vía Roma n. 148 (ex 122), ubicado en la primera planta, compuesto por 3,5 habitaciones y accesorios (cocina, baño y entrada) además de un balcón, con área superior y con la copropiedad, en razón de la mitad de la entrada y del jardín trasero de la casa (descrito en el siguiente punto 2).